COMERCIO ILEGAL EN ARGENTINA
Informe de Revisión de Fuentes: Economía Ilegal y Contrabando en Argentina
Este informe presenta un análisis de los temas principales y las ideas clave extraídas de tres fuentes: "01-PROPUESTA LECOF", "CONTRABANDO AGRAVADO: PROBLEMAS DE UNA ESCALA PENAL EXCESIVA1 - Repositorio del MPD", y "El Comercio Ilegal: Causas, Consecuencias y Políticas - Fundación Mediterránea", junto con un breve extracto de "El riesgo país de Ecuador cayó tras la propuesta de Noboa contra las economías criminales" y "Sistema de Asientos de Alerta - AFIP", y "¿Cuál es la diferencia entre la elusión y la evasión fiscal? - World Compliance Association".
Temas Principales:
- Asimetrías en zonas de frontera y propuestas para mitigarlas: El primer documento se centra en las disparidades económicas y fiscales en las regiones fronterizas, proponiendo medidas específicas para apoyar a las Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes) y fomentar la competitividad.
- Contrabando y su regulación penal: El segundo documento profundiza en el delito de contrabando agravado en Argentina, analizando la legislación vigente, la jurisprudencia y la problemática de las escalas penales consideradas excesivas.
- El Comercio Ilegal: Causas, Consecuencias y Políticas: El tercer documento proporciona una visión general del comercio ilegal, sus diversas manifestaciones, sus causas (incluidas las regulaciones y la presión fiscal) y sus impactos en la economía, las empresas, las familias y el gobierno, así como propuestas de políticas para enfrentarlo.
- Impacto de las medidas contra la economía criminal en la percepción económica: Un breve extracto destaca cómo las propuestas legislativas para desarticular la economía criminal pueden influir positivamente en indicadores económicos como el riesgo país.
- Herramientas de control aduanero: Se menciona brevemente un sistema específico para identificar mercancía falsificada a través de alertas aduaneras.
- Distinción entre elusión y evasión fiscal: Se aclara la diferencia legal entre estas dos prácticas, una moviéndose en el límite de la legalidad y la otra constituyendo fraude.
Ideas o Hechos más Importantes:
De "01-PROPUESTA LECOF":
- Existe legislación (Ley N° 24.467, art. 21) que promueve el diseño de instrumentos para aumentar la competitividad y proyección exportadora de las PyMEs, pero "Aun con tales normas vigentes nada se ha hecho al respecto".
- Se critica la aplicación "temporal" de herramientas fiscales compensatorias autorizadas por la Ley N° 27.264 por no contrarrestar efectivamente las asimetrías de larga data.
- Se propone que las medidas para corregir asimetrías tengan carácter "permanente", siempre que haya justificación.
- Se citan como inspiración artículos de la Ley colombiana N° 191/1995.
- Se proponen exenciones de IVA para adquisiciones de productos en MiPymes de zonas de frontera hasta un monto específico (Art. 13).
- Se propone la fijación de alícuotas diferenciadas para combustibles (nafta, gasoil) vendidos para el consumo de MiPymes industriales y agropecuarias en ciudades de frontera específicas, con alícuotas reducidas (Art. 14). Se hace referencia a la facultad del Poder Ejecutivo nacional para implementar estas alícuotas diferenciadas "para corregir asimetrías originadas en variaciones de tipo de cambio" (Art. 2° de la Ley N° 27.264).
De "CONTRABANDO AGRAVADO: PROBLEMAS DE UNA ESCALA PE- NAL EXCESIVA1 - Repositorio del MPD":
- El documento aborda las conductas reprimidas por los artículos 863 y siguientes del Código Aduanero (CA), centrándose en los tipos penales agravados (artículos 865, 866 y 867).
- Los delitos agravados requieren, además de los elementos de las figuras básicas, circunstancias particulares. Por ejemplo, la intervención de "tres o más personas" (inciso a del art. 865), funcionarios públicos (incisos b y c), violencia o fuerza física (inciso d), o el uso de transporte aéreo fuera de rutas autorizadas (inciso e).
- "Países como Brasil, Colombia, Bolivia, Venezuela, Perú, Chile y Uruguay, cuanto con 'leyes de derribo', que autoriza, precisamente, a derribar una aeronave sospechosa de transportar estupefacientes o drogas afines." Argentina no cuenta actualmente con una ley específica al respecto.
- Se discute la inconstitucionalidad de los mínimos de las escalas penales para ciertos delitos de contrabando agravado. Varios fallos judiciales (como "Schafer", "Dutto", "Quilpildor", "Mastriilli", "Acosta Ríos", "Martínez Ascencio") han declarado la inconstitucionalidad del mínimo de la pena de prisión, permitiendo la imposición de penas menores o en suspenso.
- La decisión de declarar la inconstitucionalidad se basa en la irracionalidad de la pena en relación con la conducta, el grado de afectación del bien jurídico, las circunstancias personales del imputado (falta de antecedentes, situación familiar, laboral, duración del proceso) y la consideración de que la resocialización ya se ha logrado.
- Se plantea el debate jurídico sobre si al declarar la inconstitucionalidad de una pena mínima, los tribunales pueden imponer una pena legalmente inexistente, argumentando que esto podría vulnerar los principios de legalidad e igualdad ante la ley.
- El autor critica la práctica de los tribunales de determinar una nueva pena tras declarar la inconstitucionalidad del mínimo, argumentando que "Si la pena es inconstitucional ello no autoriza a imponer una pena no prevista en la ley, ni siquiera cuando ésta sea de menor gravedad." Esto corresponde al Poder Legislativo.
- Se menciona la posibilidad de recurrir a la analogía in bonam partem para aplicar circunstancias atenuantes no previstas, pero se insiste en la necesidad de una norma legal que sirva de base para la analogía.
- En ausencia de una norma constitucionalmente válida que permita una pena menor, las únicas alternativas legales serían la impunidad o el indulto/conmutación de pena por parte del Poder Ejecutivo.
De "El Comercio Ilegal: Causas, Consecuencias y Políticas - Fundación Mediterránea":
- El comercio ilegal es un fenómeno complejo con diversas manifestaciones, incluyendo contrabando, falsificación, piratería, delitos tributarios, venta ambulante ilegal, etc.
- Se estima que el comercio ilegal de mercadería falsificada movió en 2009 aproximadamente 3.500 millones de pesos en Argentina, equivalente al 9% del valor bruto de la producción del sector comercio provincial.
- "Cada año circulan unas 30 millones de cajas de medicamentos ilegítimos, es decir, presentaciones medicinales falsificadas, adulteradas o robadas, en el marco de un “mercado negro” que mueve unos mil millones de pesos y que no logra ser desarticulado."
- Las principales actividades del comercio ilegal son la venta ambulante y la falsificación, con una estimación de más de 400.000 puestos de venta callejera ilegal y un valor de mercado de falsificaciones de 4.500 millones de pesos (datos de 2009).
- Las causas del comercio ilegal incluyen regulaciones excesivas y la presión tributaria ("Regulaciones / Presión Tributaria").
- Las consecuencias del comercio ilegal son diversas, afectando a "las empresas, familias y gobiernos". Se mencionan la pérdida de recaudación fiscal, competencia desleal, pérdida de empleos formales, riesgos para la salud pública (ej. medicamentos falsificados), y el riesgo de corrupción.
- La venta ambulante ilegal es un problema significativo, con una alta densidad de puestos de venta en ciertas áreas y la percepción de impunidad ("La venta ambulante ilegal aparece y desaparece en función de la presencia o ausencia de los inspectores municipales").
- El avance de mercados informales como "La Salada" en Buenos Aires se menciona como emblemático del comercio ilegal y "convulsiona al interior bonaerense", golpeando a los comercios locales formales.
- Las estadísticas muestran un aumento en la incautación de mercadería ilegal por parte de la AFIP, pasando de 3.000.000 unidades en 2007 a más de 12.000.000 en 2008. La mercadería más incautada incluye indumentaria, calzado, juguetes, artículos de decoración del hogar y perfumería.
- La mercadería incautada por falsificación ha aumentado significativamente, especialmente en los últimos años.
- Las políticas para enfrentar el comercio ilegal deben ser integrales, combatiendo la oferta ("Luchas contra la Oferta") y la demanda ("Luchas contra la Demanda").
- Las políticas para combatir la oferta incluyen facilitar el control (menos factores), formalizar canales, simplificar regulaciones, promover la colaboración interinstitucional (ej. Aduana y empresas) y endurecer sanciones.
- La alta carga impositiva ("Carga impositiva con elevada evasión") y la dificultad para hacer negocios ("Facilidad para hacer negocios") son factores que contribuyen a la informalidad y el comercio ilegal. Argentina presenta una carga impositiva mayor y menor facilidad para hacer negocios en comparación con otros países de la región.
- Las políticas para combatir la demanda se centran en educar a los consumidores sobre los peligros de los productos ilegales y mostrar los costos de comprar ilegalmente.
De "El riesgo país de Ecuador cayó tras la propuesta de Noboa contra las economías criminales":
- La presentación de un proyecto de Ley Orgánica para Desarticular la Economía Criminal en Ecuador resultó en una reducción significativa del riesgo país, indicando una mejora en la percepción de los mercados internacionales sobre la estabilidad económica y política del país.
De "Sistema de Asientos de Alerta - AFIP":
- La AFIP cuenta con un "Sistema de Asientos de Alerta" (RG AFIP Nº 2216/07) que permite identificar importadores/exportadores no titulares de derechos de propiedad intelectual/industrial y notificar a los titulares para detectar mercancía falsificada.
- Las destinaciones alcanzadas por este sistema ven bloqueado su trámite por 3 días hábiles para permitir la verificación.
De "¿Cuál es la diferencia entre la elusión y la evasión fiscal? - World Compliance Association":
- "La delgada línea roja entre la elusión y la evasión reside en un aspecto puramente legal".
- La elusión fiscal implica utilizar una norma tributaria de manera distinta al fin del legislador para pagar menos impuestos, moviéndose "en el límite de la legalidad".
- La evasión fiscal, en cambio, es eludir el pago de impuestos "defraudando, sin prestar atención a la letra pequeña". Constituye una infracción legal.
- Se dan ejemplos de conductas de elusión fiscal, como declaraciones tributarias incorrectas para obtener subvenciones y luego corregirlas, compra-ventas ficticias (que pueden usarse para blanqueo), ventas que encubren donaciones, y préstamos que son aportaciones de capital.
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